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  • Son superficies que se subdivide y son clasificadas por zonas en los ámbitos del Área Conservación Privada, según sus características y condiciones bioecológicas, los cuales tienen un grado de protección diferente según su sensibilidad, basados en la valoración del ecosistema y en los objetivos para lo cual fueron creadas. Representa dos tipos de zona en la que se puede clasificar un área de conservación privada.

  • Representa aquellos espacios geográficos que fueron creados mediante una norma legal (Ley o Decreto Supremo), con carácter definitivo con el propósito de conservar la diversidad biológica. Las áreas naturales protegidas con estatus definitivo: Parque Nacional Santuario Nacional Santuario Histórico Reserva Nacional Refugio de Vida Silvestre Bosque de Protección Reserva Paisajística Reserva Comunal Coto de Caza

  • Representa las diferentes zonas al interior de Área de Conservación regional, aplica los mismos tipos de clasificación interna de zonas de las áreas naturales protegidas de administración regional.

  • Representa aquellos espacios importantes para la conservación de la diversidad biológica pero que por falta de estudios que sustenten una categoría definitiva, se han establecido con un estatus transitorio, hasta completar los estudios que determinen su nivel de administración y la categoría que le corresponde, estos estatus transitorios son las Zonas Reservadas.

  • Son aquellos predios de propiedad privada, de personas naturales o jurídicas, en cuyo ámbito se encuentran muestras representativas del ecosistema natural característico del entorno en que se ubican, y que por iniciativa propia y en forma voluntaria, son conservados por sus propietarios.

  • Son aquellos predios de propiedad privada, de personas naturales o jurídicas, en cuyo ámbito se encuentran muestras representativas del ecosistema natural característico del entorno en que se ubican, y que por iniciativa propia y en forma voluntaria, son conservados por sus propietarios.

  • Son áreas de carácter regional y local, así como en la institucionalidad, expresada en una mayor autonomía de los gobiernos regionales y locales frente a la gestión de sus respectivas redes de ANP y territorios.

  • Representa aquellos espacios geográficos que ha solicitud de sus propietarios han sido reconocidos como áreas protegidas privadas mediante un Resolución Ministerial, con el propósito de conservar diversidad biológica y que son administrados por los propietarios de dichos predios.

  • Son aquellos predios de propiedad privada, de personas naturales o jurídicas, en cuyo ámbito se encuentran muestras representativas del ecosistema natural característico del entorno en que se ubican, y que por iniciativa propia y en forma voluntaria, son conservados por sus propietarios.

  • Son aquellos predios de propiedad privada, de personas naturales o jurídicas, en cuyo ámbito se encuentran muestras representativas del ecosistema natural característico del entorno en que se ubican, y que por iniciativa propia y en forma voluntaria, son conservados por sus propietarios.